Asesoría Sarlaft.

La Superintendencia de Sociedades establece la obligatoriedad de implementar un Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT, a través del cual se busca proteger su empresa de las amenazas latentes, disminuyendo la exposición a los riesgos de un mundo globalizado.

¿Dónde se establece la obligatoriedad?
En concordancia con el marco normativo de Capítulo X de la Circular Básica jurídica expedida por la Superintendencia de Sociedades:

AUTOCONTROL Y GESTIÓN DEL RIESGO LA/FT Y REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS A LA UIAF

Circular Básica Jurídica – Superintendencia de Sociedades

Circular Básica Jurídica emitida por la Superintendencia de Sociedades que trata sobre:

  • Capítulo I: Capital social
  • Capítulo II: Acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto
  • Capítulo III: Reuniones del máximo órgano social y de la junta directiva
  • Capítulo IV: Supresión de la inscripción de los libros de contabilidad en el registro mercantil
  • Capítulo V: Administradores
  • Capítulo VI: Reformas estatutarias
  • Capítulo VII: Matrices, subordinadas y grupos empresariales
  • Capítulo VIII: Liquidación voluntaria
  • Capítulo IX: Regímenes especiales
  • Capítulo X: Autocontrol y Gestión del Riesgo LA/FT y Reporte de Operaciones Sospechosas a la UIAF
  • Capítulo XI: Toma de posesión y liquidación forzosa administrativa
  • Capítulo XII: Guía técnica de orientación y aplicación de la nueva normativa contable
BKF ofrece el Servicio de Asesoría para la implementación del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT, asesoramos los procesos de:

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  • Identificación y análisis de riesgos.
  • Diseño de la política de prevención del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo.
  • Documentación del manual para la prevención del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo.
  • Diseño de procedimientos de conocimiento del cliente y debida diligencia.
  • Programas de formación y capacitación.

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¿Cómo saber si está obligado a implementar SARLAFT?

 

Circular 100-00006 de 2016 de la Superintendencia de Sociedades
En agosto de 2016, la Supersociedades determinó las empresas por sectores específicos a implementar el SARLAFT con un plazo máximo de 1 año, es decir, hasta el 31 de agosto de 2017.

asesoría sarlaft


Circular 009 de 2016 de la Superintendencia de Salud
Así mismo, la Supersalud emitió la Circular 009 de 2016 en la cual obliga a los siguientes vigilados implementar SARLAFT con fecha límite del 19 de diciembre de 2016:

  • Entidades Promotoras de Salud (EPS) – Régimen Contributivo y Subsidiado
  • Institutos Prestadores de Salud (IPS)
  • Empresas de medicina prepagada (EMP)
  • Empresas de servicios de ambulancia prepagada (SAP)

Circular 04 de 2017 de Superintendencia de Economía Solidaria
A su vez, la Supersolidaria estableció que las organizaciones vigiladas de los niveles de supervisión 1 y 2 deberán implementar SARLAFT dentro de los seis meses siguientes a la publicación, es decir hasta el 27 de agosto de 2017, mientras que las del nivel 3 contarán con nueve meses para ponerlo en marcha, es decir, hasta el 27 de noviembre de 2017.

La clasificación de entidades según niveles de Supervisión de la Supersolidaria:

Nivel 1. Cobija a todas las entidades que ejercen actividad financiera, es decir cooperativas especializadas de ahorro y crédito, cooperativas multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito; además, las que mediante acto administrativo la Superintendencia ubique en este nivel.
Nivel 2. Cobija a cooperativas sin sección de ahorro y crédito, precooperativas, administraciones públicas cooperativas, fondos de empleados, asociaciones mutuales e instituciones auxiliares cuyos activos a 31 de diciembre de 2011 sean iguales o superiores a $3.116.939.012.
Nivel 3. Cobija a cooperativas sin sección de ahorro y crédito, precooperativas, administraciones públicas cooperativas, fondos de empleados, asociaciones mutuales e instituciones auxiliares cuyos sus activos a 31 de diciembre de 2011 sean inferiores a $3.116.939.012.

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Asesoría Sarlaft.

Asesoría Sarlaft.

Recuerde, implementar un Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del TerrorismoSARLAFT a la medida de su empresa protegerá a los propietarios, administradores y empleados de incurrir en delitos o incumplimiento de la normatividad.

Brindamos total acompañamiento durante el proceso de implementación y puesta en marcha del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT, así mismo apoyamos al cliente en caso de ser objeto de requerimientos o visitas de las entidades de control y vigilancia, con nosotros está seguro.

Suministramos herramientas tecnológicas para:

  • Consulta en listas restrictivas de forma manual o masiva.
  • Identificación de operaciones sospechosas.
  • Generación de reportes del sistema de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo.
  • Administración de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo.
  • Monitoreo del sistema y generación de señales de alerta.
  • Consolidación electrónica de operaciones.
  • Cumplimiento de la Circular Básica Jurídica, respecto al numeral “L. Objetos y medidas para la prevención del riesgo de LA/FT”, ítem: “i – ii Establecer herramientas para identificar operaciones inusuales o sospechosas”.

Comuníquese con nosotros e identifique los riesgos que amenazan el cumplimiento de sus objetivos empresariales

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